DISTRIBUCIÓN DE JORNADA COMPLEMENTARIA EN ATENCIÓN PRIMARIA “¿GUARDIAS PARA TOD@S?”

Cuando UGT visitamos a los afilados en los Centros de Salud, se produce un intercambio de información valiosísima, entre el trabajador y el delegado sindical. Nosotros le contamos las novedades de Bolsa, OPE, informaciones que emanan de las negociaciones de la Mesa Sectorial, etc.

La visita a los trabajadores del equipo de Atención Primaria (EBAP) y los dispositivos de apoyo, así como los Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias (DCCU), es complicada en ocasiones, pues los profesionales tienen que sacar unos minutos en sus apretadas agendas diarias, para atendernos. Ellos/as nos exponen sus dudas, temores y quejas. Nos relatan situaciones que viven directa o indirectamente en su trabajo, situaciones laborales generalmente injustas consecuencia de los recortes presupuestarios y de plantilla profesional, así como los problemas propios de la organización asistencial.

La crisis que hemos vivido ha castigado a los trabajadores públicos con mermas de las retribuciones y derechos. Cosa que ha quemado mucho la paciencia y moral de los muchos trabajadores/as del equipo de EBAP, DCCU y Dispositivos de Apoyo. Pero a pesar de la paulatina recuperación de derechos, nos siguen llegando comentarios como:

  • “Estar de guardia es un lujo inaccesible para muchos y un derecho autoadquirido para unos pocos… ”
  • “Si no tienes padrino o amigos entre los que mandan, olvídate de hacer alguna guardia”
  • “Todos tenemos bocas que alimentar y gastos inevitables que afrontar para seguir adelante…”
  • “¿Qué hay que hacer para lograr aumentar el nivel adquisitivo si eres Médico de Familia o Enfermero de AP en el SAS?
  • “Yo no quiero comprarme un chalet… Yo necesito un poco de desahogo a fin de mes… Unos tanto y otros tan poco”.

   Es habitual en Atención Primaria (AP) hablar de guardias, pero realmente lo que significa estar de guardia es realizar la Jornada Complementaria, y esta es la atención asistencial ante las demandas sanitarias urgentes o emergentes por parte de un equipo profesional (Médico de Familia, Enfermero y Técnico en Emergencias Sanitarias, o celador conductor) en el lugar donde se producen (un domicilio, la vía pública o en el mismo Centro de Salud). Ante una urgencia o emergencia se activan en primer lugar los DCCU o los turnos del personal de EBAP que cubre las Unidades de Cuidados Críticos y Urgencias en los Centros de Salud (UCCU). Si estos recursos están ocupados en una asistencia y la urgencia surge fuera del Centro de Salud en horario de consultas, se activa para la asistencia a un equipo médico-enfermera del Centro de Salud interrumpiéndose las consultas programadas de ambos.

     ¿Cuántas horas trabaja un profesional que desarrolle su trabajo en un Centro de Salud provisto de punto de Atención Continuada o guardias? Lo máximo establecido por normativa es la JORNADA MÁXIMA SEMANAL: 48 horas totales, suma de Jornada Ordinaria y Jornada Complementaria (Jornada ordinaria es la desarrollada en las consultas programadas diariamente. La complementaria en estos profesionales son las guardias que realizan).

¿Puede un trabajador superar esta jornada máxima semanal? Si, con consentimiento informado del trabajador y siempre que existan razones organizativas o asistenciales, esto se denomina JORNADA ESPECIAL

Estas condiciones laborales y tipos de jornadas para trabajadores del SAS quedaron plasmadas en el ACUERDO DE MESA SECTORIAL 2007.

Las guardias o Jornada Complementaria en Atención Primaria es realizada de manera habitual por los Médicos y enfermeros que trabajan en centros donde existe puntos de Atención Continuada (24 horas al día los 365 días del año) de manera habitual.

A lo largo de la vida de los profesionales pueden darse circunstancias que le lleven a reducirse o eximirse de jornada complementaria. Esto viene recogido en el Manual de permisos y licencias del personal del SAS de la siguiente manera:

  • Reducción de jornada ordinaria y/o complementaria, optan a ella los siguientes supuestos: Por guarda legal, por interés personal, por enfermedad muy grave, para el cuidado de hijos con cáncer u otra enfermedad grave de menores o mayores que convivan con sus progenitores.
  • Exención de jornada complementaria; pueden optar los siguientes supuestos: Personal mayor de 55 años, mujeres en estado de gestación, personal con hijos menores de un año, personal que tenga hijos con minusvalías o discapacitados, personal que por razón de enfermedad sea contraproducente para su estado de salud realizar jornada complementaria.

Al igual que la población de nuestro país, las plantillas de profesionales de los centros sanitarios están envejeciendo. Hay Distritos Sanitarios donde la media de edad es cercana a los 60 años (por ejemplo el Distrito Sanitario Córdoba).

La tasa de reposición es el porcentaje de trabajadores que ingresan al sistema público en relación a aquellos que lo abandonan por jubilaciones, defunciones o excedencias. Entre el 2003 y 2008 la tasa estaba situada en el 100%, en el 2009 se redujo al 30% y entre el año 2010 y 2014 se quedó en el 10%, y en la actualidad vuelta al 100%. Esta tasa de reposición ha producido una disminución de los recursos humanos bastante significativa, en los trabajadores de la sanidad pública andaluza.

Por lo que es fácil entender con estos datos, que tenemos una plantilla sanitaria envejecida y con media de edad más cercanas a la jubilación. Los médicos y enfermeros pueden eximirse de realizar jornada complementaria a partir de los 55 y la contratación de personal nuevo tocó fondo en el 2012, con un ligero aumento hasta el día de hoy.

Estos dos hechos anteriores justifican un  aumento del reparto de la Jornada Complementaria entre un número menor de profesionales sanitarios de una Zona Básica de Salud, generando en algunos casos puntuales un exceso de horas realizadas al mes en guardias.

¿Cómo se reparte este exceso de Jornada complementaria? No existe normativa alguna al respecto que la regule para todo el SAS. El reparto de esta es competencia de aquellos que organizan los cuadrantes de guardias (los directores, coordinadores, adjuntos de enfermería) y depende de ellos que se haga de forma justa, objetiva y equitativa.

Son muchísimos los problemas y quejas detectadas por UGT de la manera irregular y poco equitativa en el reparto de la Jornada Complementaria en las Unidades de Gestión Clínica (UGC) de AP, profesionales que llegan a realizar hasta 7-9 guardias al mes y otros profesionales que no se le asignan casi ninguna. Estas desigualdades acarrean diferencias retributivas importantes entre compañeros de una misma unidad, a lo que UGT no estamos dispuestos a permitir. Sobre todo por que quienes abusan de la realización de la jornada complementaria, perjudican negativamente al resto de compañeros, dado que además tienen que asumir las consultas del descanso saliente del día después de la guardia.

El sistema se ha pervertido en muchos centros, y la asignación del número de guardias a realizar al mes, se realiza como premio o castigo al trabajador por parte del gestor. Son los cargos intermedios y directivos quienes son los responsables en este reparto, y dejan mucho que desear la equidad en el trato a los profesionales por su parte. Algo que a nuestro parecer es muy grave, dado que incumplen con sus obligaciones de buen gestor público, llegando casi a la prevaricación en muchos casos.

Para la FeSP de UGT el reto sindical que nos plantea esta circunstancia es la necesidad de una regulación regional de cómo organizar los servicios de urgencias de Atención Primaria, de manera que convivan los intereses de calidad de la asistencia sanitaria urgente, con los intereses de los trabajadores, en la que el reparto de guardias sea equitativo, y todos los profesionales aporten a las UGC de forma igualitaria, con cargas de trabajo similares.

 

Córdoba, 2 Febrero de 2.018.

 

 Fdo: Mariluz Mariscal Lliteras.

Delegada Sindical Atención Primaria.

Córdoba